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SBP actualiza montos para los reclamos bancarios en Panamá

  • Foto del escritor: Orlando Mendieta
    Orlando Mendieta
  • 23 jul 2025
  • 1 Min. de lectura

(Financiero News-Panamá) La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) anunció la aprobación del Acuerdo 5-2025 del 15 de julio de 2025, mediante el cual se actualizan los artículos 199 y 208 de la Ley Bancaria, con el fin de ampliar la protección a los consumidores bancarios y adecuar la regulación al contexto económico actual del país.

Desde la creación del Sistema de Atención de Reclamos en 2008, el costo de los productos y servicios bancarios ha crecido de manera sostenida, impulsado por un aumento acumulado del 35% en el índice de precios al consumidor. Esta realidad había limitado el alcance de los montos establecidos inicialmente en la Ley Bancaria, razón por la cual la SBP decidió realizar una revisión integral de los mismos.

Con esta actualización, se amplía la definición de consumidor bancario, permitiendo que un mayor número de personas puedan acogerse a las protecciones legales existentes. Los nuevos montos máximos por transacción o cuenta son los siguientes:

  • Préstamos de consumo personal o familiar: hasta B/.68,000.00

  • Préstamos para compra, construcción o mejoras de vivienda principal: hasta B/.169,000.00

  • Depósitos a la vista: hasta B/.27,000.00 por cuenta

  • Depósitos de ahorro o a plazo fijo: hasta B/.68,000.00 por cuenta

Adicionalmente, se ha elevado el límite monetario para la presentación y resolución de reclamos administrativos ante la SBP, conforme al artículo 208 de la Ley Bancaria. Esto facilitará el acceso de los consumidores a soluciones ágiles y efectivas frente a posibles disputas con las entidades financieras.

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