SBP obliga a financieras a registrarse como sujetos supervisados contra blanqueo

(Financiero News-Panamá) La Superintendencia de Bancos de Panamá estableció un nuevo proceso obligatorio para que las empresas financieras se registren formalmente ante la entidad como sujetos obligados financieros, reforzando la supervisión en materia de prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
La medida está contenida en el Acuerdo de Prevención para Otros Sujetos Obligados Financieros No. 1-2026, del 20 de octubre de 2026, y busca alinear a las financieras con las obligaciones establecidas en la Ley 23 de 2015.
El acuerdo fija dos plazos distintos. Las empresas financieras que obtengan una licencia del Ministerio de Comercio e Industrias después de la entrada en vigor de la norma tendrán nueve meses para completar su registro ante la SBP.
En cambio, las empresas financieras que ya estén operando dispondrán de seis meses desde la entrada en vigencia del acuerdo para formalizar su registro.
El cambio implica que estas empresas quedarán incorporadas de manera más estructurada al marco de supervisión preventiva de la SBP, con obligaciones vinculadas al conocimiento del cliente, monitoreo de operaciones, gestión de riesgos y prevención de delitos financieros.
Desde la perspectiva regulatoria, el nuevo esquema busca reducir espacios de opacidad y elevar el nivel de trazabilidad dentro de un segmento que maneja crédito y otras operaciones financieras fuera de la banca tradicional.
La medida también cobra relevancia de cara al fortalecimiento del sistema panameño de prevención de delitos financieros, especialmente en momentos en que el país se prepara para nuevos procesos de evaluación internacional.
Para las financieras, el reto no será únicamente cumplir con el trámite de registro, sino adaptar sus estructuras internas, políticas, controles y procesos de debida diligencia a los estándares exigidos por la supervisión.



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