Fondo de Ahorro de Panamá blinda sus recursos y limita retiros

(Financiero News-Panamá) El Fondo de Ahorro de Panamá, principal ahorro soberano del país, mantiene una regla estricta para el uso de sus recursos: solo pueden transferirse al Tesoro Nacional en casos de emergencia con un costo igual o superior al 0.5% del PIB, desaceleración económica o prepago de deuda soberana, y en este último caso hasta 0.5% del PIB por año, siempre que los activos del Fondo superen el 5% del PIB nominal del año anterior. Además, para retiros por emergencia o desaceleración, los activos del FAP no pueden caer por debajo de 2% del PIB.
El FAP fue creado en 2012 como un mecanismo con doble objetivo: acumular ahorro de largo plazo para el Estado y actuar como herramienta de estabilización económica en situaciones excepcionales. Su patrimonio se nutre principalmente de una porción de los aportes extraordinarios de la Autoridad del Canal de Panamá y de los rendimientos de sus propias inversiones, aunque la Ley 445 de 2024 suspendió temporalmente la regla de aportes para los años fiscales 2024, 2025 y 2026.
La administración del Fondo se realiza bajo un fideicomiso irrevocable, con el Ministerio de Economía y Finanzas como fideicomitente y el Banco Nacional de Panamá como fiduciario, mientras la Junta Directiva define la política de inversión y la Secretaría Técnica ejecuta la estrategia y operaciones del portafolio.
En materia de inversión, el FAP mantiene una estrategia diversificada y de largo plazo, con un horizonte de entre ocho y diez años y límites máximos por clase de activo. Puede invertir hasta 70% en bonos soberanos, 30% en bonos corporativos, 30% en renta variable, 15% en inversiones alternativas y 15% en bonos de alto rendimiento, además de mantener activos líquidos y valores estructurados dentro de los parámetros establecidos. Markdown pegado
El Fondo también puede destinar hasta 10% de sus activos a títulos de deuda emitidos por la República de Panamá en el mercado secundario, aunque solo hasta 5% puede canalizarse a través del mercado secundario nacional.
La lectura de fondo es que el FAP no funciona como una caja de disponibilidad inmediata para cubrir gasto público ordinario. Su diseño legal busca preservar capital, sostener liquidez y mantener capacidad de respuesta ante choques severos, con reglas que limitan los retiros y obligan a que cada decisión pase por un marco específico de gobernanza y protección del patrimonio soberano. Víctor Mojica Caballero, secretario técnico del Fondo, sostuvo que cada decisión debe garantizar la protección de ese ahorro a largo plazo.



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